Ayuda de 200 euros del Gobierno: últimos días para poder solicitarla, plazos y requisitos
Ayuda de 200 euros del Gobierno: últimos días para poder solicitarla, plazos y requisitos
El próximo 30 se septiembre expira el plazo para acogerse a esta línea directa de ayuda a personas de bajo nivel de ingresos y patrimonio
Cuenta atrás. Se acerca el final del plazo para poder solicitar el nuevo cheque por valor de 200 euros para personas con rentas bajas incluido en el real decreto-ley aprobado por el Consejo ministros. La fecha tope para demandarlo es el próximo 30 de septiembre. La ayuda, que consistirá en un pago único, beneficiará a 2,7 millones de personas según las estimaciones iniciales del Ejecutivo. Pero, ¿quién puede solicitar dicha línea? ¿cuáles son los plazos, requisitos y dónde se reclama? En esta guía resumimos la letra pequeña del BOE publicado sobre dichas ayudas, una de las medidas incluidas dentro del plan anticrisis para contrarrestar las consecuencias económicas y sociales derivadas de la Guerra en Ucrania. Toma nota.
Presupuesto para la ayuda
El Gobierno prevé destinar un total de 540 millones a la ayuda de 200 euros para ciudadanos con rentas bajas incluida en el real decreto-ley aprobado este sábado por el Consejo ministros y publicado este domingo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Requisitos para pedir la ayuda de 200 euros
¿Quiénes son los beneficiarios? Según la normativa pueden beneficiarse de esta ayuda del Gobierno asalariados, autónomos y desempleados. Estos son los requisitos.
- Renta y patrimonio. Tal y como se especifica en el BOE, para recibir esta ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que perciban los convivientes sea inferior a 14.000 euros en 2021 y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,40 euros.
El cómputo de ingresos y de patrimonio «se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o por parentesco, hasta el tercer grado, incluido los afines, con cualquiera de los anteriores, así como otras personas con las que cualquiera de los anteriores conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente».
- Residencia. Los beneficiarios deben tener además al menos un año de residencia legal y efectiva en España.
- Excluidos. Tal y como se especifica en el BOE, se excluye de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. «Para estos colectivos, el Real Decreto-ley contempla ya medidas concretas como la prórroga del incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital o de las pensiones no contributivas, que implica incrementos anuales superiores a los 200 euros. Y, en el caso de las pensiones contributivas, el Gobierno ya garantiza el incremento en línea con la inflación para garantizar que no existe una merma del poder adquisitivo», aclara el texto.
Fechas y dónde solicitar la ayuda
Esta ayuda de 200 euros puede solicitarse hasta el próximo 30 de septiembre. ¿Dónde se solicita? El organismo encargado de la gestión de esta ayuda, que requerirá solicitud previa por los beneficiarios, será la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La solicitud, especifica el BOE, se presentará en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, para ello habrá que rellenar el formulario electrónico que a tal efecto se pondrá a disposición hasta el 30 de septiembre y en el que deberá figurar la cuenta bancaria para recibir el abono de los 200 euros.
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Comenten y si pueden aportar ayuda a quien pregunta se agradece, recibo muchos correos y no puedo estar en todo GRACIAS